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El texto que ha aprobado el Consejo de Ministros ha introducido in extremis una pequeña exoneración del crédito público, según ha explicado la ministra de Justicia, Pilar Llop. La afectación al crédito público se limita a 1.000 euros por deudas a la Seguridad Social y otros 1.000 euros por deudas de Hacienda, ha concretado, en el marco de las personas físicas en la segunda oportunidad.

Hasta el momento, aunque el Gobierno ya intentó impedir la exoneración del crédito público con la publicación del TRLC (Texto Refundido de la Ley Concursal), una corriente muy importante de jueces ha entendido que el Gobierno se excedió en sus facultades y sigue aplicando la sentencia del Tribunal Supremo en base a la cual, en determinadas circunstancias se puede exonerar el crédito público.

La tramitación de este proyecto de ley en las Cortes coincidirá con la nueva moratoria concursal, que el Gobierno ha establecido hasta el 30 de junio. La vigente, que vencía el 31 de diciembre, ya fue polémica cuando se planteó en marzo, ya que los expertos alertan de que retrasa las reestructuraciones y puede suponer un efecto contagio de insolvencias. En junio la moratoria cumplirá 27 meses.

En conclusión, si usted o su negocio se encuentran en situación de insolvencia real, inminente o previsible, y entre sus acreedores figuran la Agencia Tributaria y/o La Seguridad Social, nuestra recomendación es que presente cuanto antes un expediente de Segunda Oportunidad.