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Las tarjetas revolving son tarjetas de crédito en las que se dispone de un límite de crédito determinado que puede devolverse a plazos, a través de cuotas periódicas, pero su peculiaridad reside en que la deuda derivada del crédito se renueva mensualmente.

Una sentencia del Tribunal Supremo ha considerado que los contratos de las tarjetas revolving realizados por entidades de crédito que apliquen tipos de interés superiores al precio normal del dinero y manifiestamente desproporcionados suponen usura y deben ser anuladas.

El Tribunal Supremo considera que si el tipo de interés aplicado es superior al tipo de interés máximo publicado por el Banco de España para las tarjetas de crédito, que actualmente se sitúa en el 19,67, ya se puede considerar como usurario.

El Alto Tribunal se pronuncia de este modo sobre una sentencia referida a una tarjeta comercializada por WiZink Bank con una TAE inicial del 26,82% y que llega desde la Audiencia Provincial de Santander después de que la entidad bancaria recurriera el fallo del Juzgado de Primera Instancia que declaró la nulidad del contrato entre las partes por existir un interés remuneratorio usuario.

Que se puede hacer si te encuentras en un caso así. Tienes dos posibilidades:

  • Si has pagado más de lo prestado puedes reclamar la nulidad del contrato y el exceso de capital más los intereses, el seguro y comisiones que te hayan cobrado».
  • Si todavía no has pagado lo prestado puedes reclamar la nulidad del contrato y la devolución de los intereses, el seguro y las comisiones; y abonar a la entidad prestamista el capital prestado que te quede por pagar». 

Si este es tu caso, puedes ponerte en contacto con los profesionales de “No más Endeudamiento” y te ayudaremos en todo el proceso de reclamación info@nomasendeudamiento.com

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